reparaciones al inmueble

Reparaciones al Inmueble: ¿Cuándo corresponde al arrendador y cuándo al arrendatario?

 

¿A quién corresponden las reparaciones al inmueble?

Ya sea por el paso del tiempo, descuidos o simplemente por el uso cotidiano, los inmuebles siempre tienden a quedar con algunos detalles después de que alguien los habita y es ahí, donde muchas veces surgen disputas entre arrendadores y arrendatarios sobre a quién le toca hacerse cargo de pagar por las reparaciones.

En general, los contratos de arrendamiento deben tener bien especificadas las cláusulas sobre que le toca a cada quien, inclusive las reparaciones que se pacten antes de comenzar el contrato para evitar inconvenientes al término del mismo.

 

Inquilinos

 

En el caso de los inquilinos, estos tendrán que hacerse responsables cuando se produzca algún daño por culpa de las personas que habitan el inmueble, por ejemplo: que se tape alguna tubería por un uso incorrecto, la ruptura de un mueble, piso, ventana o pared por algún accidente, un incendio ocurrido por negligencia de los habitantes, en caso de hacer alguna modificación al inmueble, etc.

También deben considerarse aquellos daños que ocasionen sus visitas o mascotas. Para evitar todo tipo de problemas al respecto, todas estas situaciones deben considerarse y estar bien estipuladas en el contrato de arrendamiento.

 

Propietarios

 

Por otra parte, en el caso de los arrendadores, estos gastos normalmente son cubiertos por ellos cuando el desgaste del inmueble se da de manera natural por el uso cotidiano- 

Sabemos que los muebles, tuberías e inclusive paredes y pisos no duran para siempre y el desgaste a través de los años es inminente cuando quieres rentar a otros inquilinos. Es indispensable que tu inmueble luzca de la mejor manera posible, por lo que darle mantenimiento es algo que tendrás que tener previsto cada cierta cantidad de tiempo. 

Inclusive, puede haber ocasiones en las que estos desgastes naturales lleguen a afectar a los inquilinos que estén habitando el inmueble en ese momento por lo que, de igual manera los arrendadores tienen que hacerse responsables por esos detalles. 

Toma en cuenta que por ley, tus inquilinos tienen que recibir el inmueble en buenas condiciones, con las medidas de higiene adecuadas para ser habitado y sin tener vicios ocultos.

Como última instancia, tenemos un apartado donde realmente ninguna de las dos partes tiene la culpa de lo que pase en el inmueble que son los desastres naturales. 

 

Desastres naturales

 

Los desastres naturales están fuera de nuestro control y son impredecibles, por lo que en este aspecto lo recomendable es, aunque creamos que no nos va a pasar, tenerlos presentes.

Ya sea un temblor, huracanes, terremotos, inundaciones, que se caiga un árbol, etc. o algún accidente por causa de un tercero como pudieran ser un incendio por causa de algún vecino, el impacto del automóvil de algún tercero, filtraciones de alguna fuga (en caso de ser departamentos), etc. 

Son factores que no están en manos de nadie por lo que, como dueño de una propiedad, tener un seguro para tu inmueble es muy recomendable en caso que algo externo suceda, evitando que tú tengas que correr con todos los gastos derivados de un desastre natural.

Por último, existen situaciones donde entre arrendadores y arrendatarios se puede llegar a un acuerdo para realizar modificaciones y/o reparaciones que beneficien a la calidad de vida de ambos, en estos casos, ambas partes se pondrán de acuerdo en la forma en la que se cubrirán estos gastos. Bien puede ser a cuenta de renta o reembolsando dichos gastos.

En Póliza de Rentas sabemos lo importante que es cuidar de tu patrimonio, por eso nuestros servicios te ayudarán a tener tranquilidad durante la duración del contrato de arrendamiento.

Conoce más sobre nuestros servicios  AQUÍ

 

Te invito a leer: 5 Puntos que no debes dejar pasar al momento de rentar tu inmueble 

Compartir:

Deja un comentario